Tramos, bases de cotización y comunicación con la seguridad para los autónomos incluyendo la cuota de autónomos 2023
A partir de 2023, la reforma del RETA entra en vigor y pueden quedar ciertas dudas sobre nuestras obligaciones como autónomos. Por ello, venimos a resolverlas.
¿Qué maneras tengo de actualizar mi base de cotización para 2023?
La Seguridad Social nos ofrece tres formas de actualizar la base de cotización de los autónomos:
1. Actualización automática: los autónomos en algún momento han comunicado una base de cotización. Esta base podría ser actualizada de manera automática según los Presupuestos Generales del Estado.
2. Permanecer con la base de cotización previa que ya fuera superior a los ingresos reales: esto significaría mantener esa cotización superior, que podría ser compensada con la regularización anual.
3. Sistema de tramos: Podremos adherirnos a los tramos que se establecen en ley según nuestros ingresos previstos.
¿Cómo funcionan los nuevos tramos del RETA?
La ley establece un nuevo sistema de tramos para la cuota de autónomos 2023; tramos donde nosotros mismos nos situaremos basándonos en los ingresos que prevemos obtener. Estos ingresos anuales previstos nos darán un promedio mensual, cantidad que utilizaremos para escoger el tramo de aplicación.
Hay dos tablas: la general; y una reducida para aquellos que no alcancen ese número inferior del tramo mínimo de la tabla general:
Tabla reducida 2023
Tabla general 2023
¿Cómo calculo mi rendimiento promedio mensual?
Rendimiento Anual: Rendimientos netos obtenidos como trabajador por cuenta propia (ingresos – gastos de la actividad económica) + importes abonados a Seguridad social – 7% por gastos genéricos.
Rendimiento Mensual Promedio: Rendimiento Anual / 12.
El rendimiento promedio mensual, como hemos dicho, será el que nos sitúe en cada uno de los tramos de las tablas del año en que estemos.
¿Qué hago si mis rendimientos efectivos son diferentes a los que anticipé?
Si mis rendimientos efectivos son diferentes a los que preví inicialmente, podré modificar mi base de cotización hasta seis veces al año en Seguridad Social, en ‘Modificación de datos de autónomo’, en el portal ‘Import@SS’. Los plazos para la comunicación del cambio de tramo de cotización son:
• 1 de enero a 28 de febrero: cambios aplicados a partir del 1 de marzo.
• 1 de marzo a 30 de abril: cambios aplicados a partir del 1 de mayo.
• 1 de mayo a 30 de junio: cambios aplicados a partir del 1 de julio.
• 1 de julio a 31 de agosto: cambios aplicados a partir del 1 de septiembre.
• 1 de septiembre a 31 de octubre: cambios aplicados a partir del 1 de noviembre.
• 1 de noviembre a 31 de diciembre: cambios aplicados a partir del 1 de enero del siguiente año.
¿Qué sucede si cotizo más o menos por errores de previsión?
La Tesorería General de la Seguridad Social realiza la regularización anual mediante los datos que la Administración Tributaria le comunica. En esta, se comparan los rendimientos efectivos del autónomo durante el año con el tramo y la cotización que este aportó a la Seguridad Social.
Tras esta comprobación, pueden darse 3 situaciones:
• Los rendimientos efectivos y los previstos coinciden, por lo que no hay diferencias.
• Los rendimientos efectivos son superiores a los previstos, por lo que el autónomo deberá regularizar su situación abonando la diferencia.
• Los rendimientos efectivos son inferiores a los previstos, habiendo el autónomo cotizado más de lo que debería y, por tanto, la Tesorería General de la Seguridad Social devolverá el excedente de la cotización mediante un procedimiento de oficio.
Desde Anteo, brindamos asesoramiento laboral, si tienes dudas o cualquier consulta, puedes ponerte en contacto con nosotros.