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La solución para esta situación de inestabilidad económica no necesariamente debe ser la liquidación y cierre de la empresa.
Equipo de Abogados Expertos en Derecho Concursal
Evitamos el cierre o liquidación de tu empresa
Acuerdo con acreedores para reducir o condonar las deudas
Nuestro equipo de abogados concursalistas estudiará con detenimiento tu caso
El concurso de acreedores es una solución legal dirigida a aquellas empresas con problemas de liquidez y solvencia que no pueden hacer frente al pago de sus deudas a la fecha de vencimiento.
Abogados Especialistas en Derecho Concursal
La solución para esta situación de inestabilidad económica no necesariamente debe ser la liquidación y cierre de la empresa. En ocasiones es posible alcanzar un acuerdo con los acreedores para reducir o condonar las deudas y así dar continuidad a tu negocio.
En ANTEO queremos ayudarte. Nuestro equipo de abogados concursalistas estudiará con detenimiento tu caso. Te ofrecemos asesoramiento personalizado para que puedas hacer frente a esta situación de crisis empresarial de la mejor manera posible.
Nuestro servicio se basa en la transparencia, diálogo y trato cercano con el cliente. Trabajamos y nos esforzamos por encontrar la solución más viable, eficaz y beneficiosa para tus intereses.
Concurso Voluntario
La solicitud la presenta el propio deudor en situación de insolvencia, ya sea actual o inminente. El concurso voluntario es un deber para el empresario. Si no lo solicita en el plazo de 2 meses desde que tuvo, o pudo tener, conocimiento de la situación de insolvencia podrá incurrir en responsabilidades legales y económicas.
En el concurso voluntario, el deudor mantiene la capacidad de administración y disposición del patrimonio aunque con la supervisión del administrador concursal. Ahora bien, en caso de que se abra la fase de liquidación en el propio auto de declaración las facultades del administrador societario quedarían suspendidas.
Concurso Necesario
La solicitud la presenta uno de los acreedores, u otro interesado, y debe fundamentarse en algún hecho revelador de la insolvencia actual del deudor.
En el concurso necesario el deudor pierde la facultad de disponer y gestionar su patrimonio, que se atribuyen en su totalidad al administrador concursal.
Excepcionalmente el Juez de lo Mercantil podrá modificar la regla anterior siempre que esté debidamente justificado.
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