¿Sólo las grandes multinacionales deben preocuparse por las declaraciones de operaciones vinculadas y, por ende, tienen obligación de presentar el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales? Si trabajas con socios, empresas del grupo, familiares o tienes relación con territorios de baja tributación es casi seguro que estés obligado a presentar este modelo tributario.

Desde Anteo te explicamos qué es el Modelo 232, quién debe presentarlo, cuándo y qué consecuencias tiene no hacerlo bien.

¿Qué es el Modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas?

El Modelo 232 es una declaración informativa que exige Hacienda para reportar operaciones:

  • Con partes vinculadas (empresas del grupo, socios, familiares, etc.).
  • Con países o territorios considerados paraísos fiscales.

¿Qué empresas están obligadas a presentar el Modelo 232?

Están obligadas a presentar el modelo 232 las empresas que cumplan alguna de estas condiciones:

  • Realicen operaciones con una entidad vinculada por más de 250.000 euros: Si durante el año fiscal han realizado operaciones con la misma persona o empresa vinculada que superen los 250.000 euros.
  • Realicen operaciones específicas por más de 100.000 euros como por ejemplo transmisión de inmuebles, cesión de activos intangibles (marcas, patentes, etc.) o compra o venta de participaciones.
  • Las operaciones vinculadas suponen más del 50% de su facturació
  • Ha operado con un paraíso fiscal sin importar el importe.

¿Qué información se incluye en el Modelo 232?

En el modelo 232 se debe incluir la siguiente información:

  • Datos de la entidad/persona vinculada.
  • Tipo de relación (accionista, grupo empresarial, etc.).
  • Naturaleza e importe de la operación.
  • Método de valoración utilizado.
  • Información sobre operaciones con paraísos fiscales.

Se debe indicar cifras y justificar que los precios aplicados están a valor de mercado.

¿Qué se considera “operación vinculada”?

Por operaciones vinculadas entendemos:

  • Comprar servicios a una empresa de la que eres socio.
  • Vender productos a una empresa del mismo grupo.
  • Alquilar un local a un familiar directo.
  • Prestar dinero entre sociedades de tu propiedad.
  • Compartir empleados entre varias empresas del grupo.

Sanciones por no presentación del modelo 232 de operaciones vinculadas

Las sanciones por la no presentación del modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas pueden ser bastante elevadas:

  • 20 euros por cada dato omitido, mínimo 300 euros y máximo 20.000 euros.
  • Si los datos son erróneos o falsos, la sanción puede llegar al 2% del importe de la operación.
  • Si Hacienda te lo requiere y no lo has hecho, puedes perder reducciones y tener más problemas.

¿Cuándo se presenta el Modelo 232?

El modelo 232 se presenta del 1 al 30 de noviembre si tu ejercicio fiscal coincide con el año natural. Si no es así, tienes un mes para presentarlo después de 10 meses del cierre del ejercicio.

La presentación es siempre telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

¿Tienes dudas? ¿Te ayudamos con el modelo 232? En Anteo ayudamos a pymes y grupos empresariales a cumplir con el modelo 232 sin errores ni sanciones. Solicítanos ya presupuesto a cualquiera de nuestros asesores de Barcelona o Castelldefels.