¿Sabías que si eres mayor de 65 años puedes disfrutar de ventajas fiscales?

En este artículo te explicamos sobre las deducciones IRPF, tanto si eres mayor de 65, como si no, te conviene conocerlos para planificar tus finanzas y pagar menos impuestos, por ejemplo, si estás pensando en vender tu vivienda habitual, espérate a cumplir los 65 y así no pagaras por las ganancias derivadas de la venta en tu renta ¡quizás te conviene!

Conoce en este artículo los beneficios principales, somos expertos en el área de asesoría fiscal por lo que, si tienes alguna consulta, estaremos encantados de ayudarte.

Venta de la vivienda habitual

¿Deducciones IRPF mayores 65 años? Si, como hemos comentado, este es uno de los grandes beneficios fiscales para mayores de 65 años: las ganancias derivadas de la venta de la vivienda habitual no tributan en Renta. Es importante tener en cuenta que se considera vivienda habitual si has vivido de forma continuada durante al menos tres años.

Renta vitalicia mayores 65 años: Venta de una segunda vivienda, acciones, fondos de inversión…

Cuando el contribuyente no transmita su vivienda habitual, sino otros bienes como una segunda residencia, acciones, fondos de inversión… se excluyen de gravamen las ganancias si con el dinero obtenido se constituye una renta vitalicia asegurada en los seis meses siguientes a la venta.

La cantidad máxima que puede destinarse a constituir rentas vitalicias es de 240.000 euros y el contribuyente debe informar a la entidad aseguradora que la renta vitalicia contratada constituye la reinversión del importe obtenido por la transmisión de elementos patrimoniales.

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Donación de participaciones de una empresa familiar

Llegada la edad de jubilación, una de las posibilidades para no terminar con el negocio familiar es la de transmitirlo a los descendientes, los que perciben la donación se podrán aplicar una reducción del 95% en el Impuesto sobre Donaciones (dependiendo de la Comunidad Autónoma puede llegar al 99%) siempre que se cumplan los requisitos legalmente establecidos y el donante no tributará en la Renta por el aumento de valor que hayan experimentado las participaciones donadas.

Ahorrar en la Renta por el mínimo del contribuyente

Hacienda permite a todos los contribuyentes no tributar por las cantidades que considera renta mínima vital en la declaración de la Renta. Se establece en 5.550 euros anuales y se eleva en función de la edad. A partir de los 65 años aumenta a 6.700 euros anuales, y para los contribuyentes de más de 75 años el mínimo del contribuyente asciende a 8.100 euros.