¿Qué beneficios ofrecerá la nueva Ley de Startups prevista para 2022?

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 10 de diciembre el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, también conocida como la Ley de Startups. Con la entrada en vigor de esta Ley, prevista para mediados de 2022, se crea un marco legal encaminado a incentivar la creación de empresas y la entrada de inversores en España a través de medidas administrativas, fiscales, civiles y mercantiles.

Se define y amplia el concepto de startup

Se considerarán startups aquellas empresas que sean innovadoras, de nueva creación o con antigüedad de hasta 5 años, o de 7 años en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales. No deberán cotizar en mercado de valores ni haber distribuido dividendo y deberán tener un volumen de negocios anual máximo de 5 millones de euros. Los efectos de la ley llegarán hasta los emprendedores que ya habían creado una startup y reconoce la figura de “emprendedor en serie” hasta por tres sociedades distintas.

¿Qué incentivos tienen los inversores?

Un régimen fiscal muy favorable para atraer la inversión en las empresas españolas. Respecto de la Constitución de Sociedades, se ampliará la base máxima de deducción en el IRPF por inversión en empresas de reciente creación que pasa de 60.000 euros a 100.000 euros anuales, y de la cual podrá beneficiarse el propio inversor. Se amplía el tipo de reducción del 30% al 50%.

En relación a las stock options se eleva la exención de tributación a 50.000 euros. Además, se flexibilizan las condiciones de generación de autocartera.

Se permite a los “nómadas digitales”, desplazarse en el territorio español con la posibilidad de residir en él mediante un visado especifico durante 5 años sometiéndose al IRNR. En el ámbito administrativo, para paliar trabas burocráticas, se elimina el requisito de obtener el NIE.

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¿Qué ventajas tendrá la startup?

La propia empresa emergente tendrá una reducción del tipo impositivo general en el IS y en el IRNR que pasa del 25% al 15% para los cuatro primeros ejercicios. Se podrá aplazar la deuda tributaria del IS o IRNR en los dos primeros ejercicios, sin garantías ni intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente. A la par, se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del IS y IRNR durante el mismo periodo de dos años.

Como incentivo social, se elimina durante tres años la doble cotización a la Seguridad Social para los emprendedores que mantengan de forma simultánea un empleo por cuenta ajena. De esta forma los emprendedores de una startup se convertirán en los únicos autónomos que no paguen cuota de autónomos si a la vez están contratados como asalariados.

Asimismo, durante los tres primeros años, se prevé la exención de la causa de disolución por perdidas relacionadas o que generen un desequilibrio patrimonial, siempre que no sea procedente solicitar la declaración del concurso.

Agilización de los trámites

Se podrá constituir una sociedad en un plazo de 6 horas y de forma completamente digital mediante un documento único electrónico si se utilizan estatutos tipo, y en 5 días hábiles en el resto de casos. Se eliminan los aranceles notariales y registrales para estas empresas creadas acogiéndose a los estatutos tipo y por vía electrónica.