La aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2022 ha conllevado una serie de novedades fiscales que afectan a los trabajadores, empresarios y autónomos con efectos desde 1 de enero de 2022.
En IRPF se modifica el límite general con el que opera la reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia severa o gran dependencia), reduciéndose el componente fijo de 2.000 a 1.500 euros anuales. El año pasado se redujo de 8.000€ a 2.000€ anuales. Sin embargo, el límite se eleva de 8.000€ a 8.500€ cuando el incremento provenga de contribuciones empresariales.
Prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva
Se prorrogan para el ejercicio 2022 los límites cuantitativos que se vienen aplicando y que delimitan el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva. Por tanto, el límite del volumen de ingresos se mantiene en 250.000€ para el conjunto de actividades económicas, con excepción de las agrícolas, ganaderas y forestales. No podrán seguir en módulos aquellos autónomos obligados a expedir facturas, si en el año anterior han tenido unos rendimientos superiores a 125.000€.
Aumento de las cuotas de autónomos
En 2022, los trabajadores por cuenta propia que coticen por la base mínima tendrán que pagar 294€ mensuales, en 2021 pagaban 286€. Por otra parte, la cuota mínima de los autónomos societarios, con más de 10 trabajadores a su cargo, aumenta 6,36€ hasta llegar a 377,87€ mensuales.
Impulso a la creación de empresas
En el IS, con el fin de favorecer la creación de nuevas empresas, se baja la tributación en relación con la tributación mínima al 10%. Así, en el IRPF se amplía el límite máximo de la exención de la retribución en especie hasta 50.000€ (antes 12.000€). En este último impuesto también se prevé un incremento en la deducción por inversión en compañías de nueva creación, del 30% al 50%.
Se prevé el tipo mínimo para las grandes empresas
Se crea un tipo mínimo del 15% en el IS para las empresas que facturen más de 20 millones de euros, en línea con lo acordado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para evitar que los países compitan por atraer compañías ofreciendo una tributación cada vez más baja. Sin embargo, España ofrece la posibilidad de reducir la cuota íntegra mediante bonificaciones y deducciones, con el límite del 15%.
Ventas online en el extranjero 2022
Los empresarios o autónomos que vendan productos mediante páginas web o plataformas por importe superior a 10.000€ destinados a clientes finales situados en otros países miembros de la UE, deberán darse de alta en alguno de los regímenes especiales de ventanilla única; evitando así la necesidad de identificarse en cada país de la UE donde tengan un cliente y permitiendo ingresar los impuestos directamente a la Administración tributaria de
su estado