En el momento de poner en funcionamiento una empresa, hay que escoger alguna clase de forma societaria, es importante conocer qué sociedad es la que más se adapta a nuestros intereses, por ello a continuación exponemos los cuatro grandes tipos de sociedades mercantiles en España: la sociedad anónima, limitada, colectiva y la comanditaria (o “en comandita”).
- Sociedad de responsabilidad limitada: es una de las más utilizadas en España desde hace varios años por dos motivos; primero, porque se adapta a las necesidades habituales de una pyme y segundo, porque el capital mínimo exigido es inferior al de la sociedad anónima. Además, este tipo de sociedades se caracterizan porque los socios responden de forma limitada y porque el capital social está dividido en participaciones. La principal desventaja es la transmisión de las participaciones, ya que los socios tienen prioridad.
- Sociedad anónima: es la segunda de las formas societarias más utilizada. A diferencia de la SL, en este tipo de sociedades el capital se divide en acciones que pueden ser transmitidas de forma libre. Asimismo, para su constitución se exige un capital mínimo de 60.000 euros, el 25% del cual deberá desembolsarse en el momento de la formalización de la escritura pública.
- Sociedad colectiva: es una sociedad de carácter personalista, por lo que los socios tienen un papel muy importante, rasgo que las diferencia respecto al resto de las formas societarias expuestas. En este sentido, los socios no solo invierten aportando capital, sino que además aportan su trabajo y gestionan la empresa. Sin embargo, una de las principales desventajas en esta clase de formas societarias sería que la responsabilidad de los socios es ilimitada, de manera que responden con su patrimonio personal.
- Sociedad comanditaria también denominada en comandita: este tipo de sociedad está compuesta por dos clases de socios; por un lado, los socios colectivos, que responden de forma ilimitada de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad. Por otro lado, los socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital aportado o comprometido.
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