Llegado final de año todas las empresas deben ponerse manos a la obra para realizar el cierre fiscal y contable de 2019. Este procedimiento les permitirá conocer el resultado del ejercicio, es decir, saber si han dado beneficios o pérdidas.

¿Qué es el cierre contable y fiscal?

Antes de final de año y hasta una vez terminado, se confeccionará el cierre fiscal de la empresa. Una vez se realicen los ajustes correspondientes para adecuar las normas contables a las fiscales y aplicadas las deducciones y bonificaciones vigentes, se conocerán los impuestos a pagar.

Hay una serie de aspectos básicos pero muy importantes para reflejar correctamente los estados financieros de la compañía y al mismo tiempo, saber que podemos afrontar con garantías requerimientos o inspecciones de la Agencia Tributaria.

El proceso de cierre fiscal y contable nos dará información muy valiosa. Además lo hará con la suficiente antelación para saber por ejemplo si nuestra empresa cumple definitivamente las magnitudes para estar obligada a realizar auditoría externa.

Es muy importante para las empresas que hayan optado por la modalidad de pago fraccionado a cuenta del Impuesto de Sociedades recogido en el Art. 40.3 de la Ley 27/2014 de 27 de Noviembre realizar no sólo un cierre fiscal contable a la finalización del ejercicio, sino un precierre del periodo comprendido de enero a noviembre, siempre antes del 20 de diciembre.

Principales comprobaciones contables para determinar si estamos preparados para el cierre fiscal y contable

1.- Correcta imputación de las dotaciones de amortización del inmovilizado.

A modo de ejemplo, deberíamos validar que nuestras tablas de amortización reflejan los porcentajes legalmente establecidos a tal efecto. Y que cualquier bien de inmovilizado adquirido en ese mismo ejercicio sólo sea amortizado por los días desde su fecha de compra o puesta en uso.

2.- Verificar saldos de clientes y proveedores.

Es necesario realizar una comprobación de lo que contablemente denominamos “mayores”. Esto sirve para comprobar que no existan errores en los saldos finales de clientes y proveedores. Es decir, que estén reflejadas todas las facturas y todos los cobros o pagos para determinar que el saldo final sea el correcto.

3.- Correcta contabilización de la cifra de stock o inventario.

A través de la denominada contablemente «variación de existencias» debemos reflejar el importe total del stock o inventario del que disponga la empresa.

4.- Tesorería.

Verificar que el saldo contable de nuestras cuentas de tesorería sea el mismo que el reflejado en los extractos bancarios. O, en su defecto, disponer del correspondiente cuadro de conciliación entre ambos saldos.

5.- Revisión de la contabilización de los impuestos presentados y su cuadre con los datos contables.

Podemos comprobar que los saldos al cierre contable del ejercicio coinciden con el de las declaraciones presentadas, así como sus declaraciones trimestrales. Las más comunes a revisar serían las de las retenciones practicadas al satisfacer rendimientos de trabajo y de actividades económicas (Modelo 111) y las del Impuesto sobre el Valor Añadido (modelo 303).

6.- Periodificación de gastos e ingresos.

Pueden existir diferencias entre el momento de emisión o recepción de la correspondiente factura y la efectiva recepción o entrega del bien o servicio adquirido o vendido.

A modo de ejemplo, una póliza de seguro que cubra una anualidad desde los meses de mayo 2019 a abril 2020 tendría el reflejo contable del gasto en ambos ejercicios en proporción al grado de cobertura o utilización.

7.- Incentivos y prorrateo de pagas extra:

Comprobar la correcta contabilización del prorrateo de las pagas extras más aún en los casos de devengo de las mismas en un periodo de devengo de junio a mayo del ejercicio siguiente.

Igualmente debemos tener en cuenta las posibles implicaciones de una correcta imputación de los incentivos devengados a los que puedan tener derecho trabajadores de la compañía.

8.- Provisión de gastos:

Podemos igualmente dar un reflejo contable a los gastos en los que se incurre en el ejercicio 2019 de los que no hayamos recibido la correspondiente factura.

Conclusiones al cierre fiscal y contable

Una buena revisión e imputación del cierre contable, nos permitirá afrontar con garantías el cierre fiscal del ejercicio. Y también, la posible aplicación de deducciones y/o bonificaciones, y la confianza de no pagar más de lo que legal o reglamentariamente nos corresponde.

Además, contar con un modelo contable y fiscal realista y claro, nos ayudará en la planificación y toma de decisiones de la empresa. No lo dudes, y planifica el cierre contable de 2019 con el máximo rigor.