Vencido el año 2017 es momento de elaborar el cierre contable de tu empresa. Conciliaciones de bancos y caja, saldos de clientes y proveedores, provisiones…son aspectos que deberás tener en cuenta para cerrar el ejercicio.
Un buen cierre contable deberá tener presente la legislación vigente, la cual otorga herramientas para poder minorar la carga fiscal que se soportará en el Impuesto sobre Sociedades del mes de julio en caso de que la cuota líquida del mismo salga a pagar.
¿En qué consiste el cierre contable?
El cierre contable no es más que un procedimiento de revisión de saldos a fecha de cierre del ejercicio, que por lo general es el 31 de diciembre. En el mismo se revisan los saldos de clientes y proveedores, se provisionan posibles contingencias futuras y ciertos créditos de clientes pendientes de cobro.
Se concilian los saldos de la caja y de la cuenta corriente de la empresa, se comprueba la dotación de la amortización del ejercicio, así como la variación de existencias.
Igualmente se comprueba que las retenciones, las nóminas, los alquileres, la cifra de ventas coincidan con los modelos que se han presentado durante el ejercicio.
¿Qué pasos seguir?
Impuestos
En este primer bloque deberemos comprobar si a lo largo del ejercicio se ha pagado el IBI en el caso de que la empresa tenga inmuebles, si se ha satisfecho el pago del Impuesto de Actividades Económicas o si se ha liquidado algún impuesto a administraciones locales.
Se deberá cotejar las retenciones de trabajadores, profesiones, alquileres y dividendos, así como si durante el ejercicio se ha satisfecho el Impuesto de Sociedades y los pago a cuenta de éste.
Ingresos y gastos
En este apartado comprobaremos que la cifra de ventas coincide con la declarada en el modelo 390 así como que el saldo de la cuenta (64) coincide con lo declarado en el modelo 190 que es el resumen anual de las retenciones de trabajadores y profesionales.
Del mismo modo deberemos contrastar el importe amortizado, así como la contabilización durante el ejercicio de los gastos recurrentes como los suministros.
Existencias
Se deberá revisar si se ha contabilizado la variación de existencias y si ha lugar a dotar una posible depreciación.
Clientes y proveedores
A lo largo del ejercicio, con el devenir de la actividad empresarial, la empresa es objeto de diversos pagos y cobros que no siempre se efectúan a través de la cuenta corriente.
Compras de poco importe que satisface el socio, pagos en efectivo, cobros por caja…por ello es necesario llevar un control interno de los proveedores pendientes de pago y de las facturas de clientes que quedan pendiente de cobro a 31 de diciembre.
En caso de empresas de reducida dimensión (cifra de negocios < 10.000.000 €) se podrá dotar un deterioro del 1% de todos los créditos pendientes de cobro a fecha de cierre. Citado deterioro revertirá en el ejercicio siguiente.
Otras comprobaciones
A nivel más genérico, pero no menos importante, se deben efectuar otra serie de comprobaciones como, por ejemplo, cotejar que los fondos propios de la empresa sean positivos y que no se encuentra en causa de disolución.
Es muy recomendable contrastar el sumas y saldos de cierre del ejercicio anterior y el de apertura de este ejercicio para comprobar que no hay ningún descuadre contable.
Consideraciones adicionales
Tras todo lo expuesto y en consonancia con el Impuesto de Sociedades la empresa debe valorar si procede o no realizar algún ajuste fiscal, algunos de los más comunes son los siguientes:
En caso de que a lo largo del año se haya contabilizado algún gasto que tenga la consideración de no deducible a cierre del ejercicio, la empresa deberá efectuar un ajuste fiscal positivo.
Del mismo se deberán efectuar ajustes fiscales en caso de que la amortización contable difiera de la fiscal, caso por ejemplo de las empresas de reducida dimensión, quienes pueden beneficiarse de la amortización acelerada.
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