Toda decisión extintiva del contrato de trabajo por parte del empresario puede ser declarada procedente, improcedente o nula. A continuación, analizaremos tanto las razones de la calificación del despido como sus efectos.
Despido procedente
En el caso de que la sentencia declare procedente la decisión objetiva, lo que se produce cuando el empresario ha cumplido los requisitos formales y acreditado la concurrencia de la causa invocada en la comunicación escrita, se declara como consecuencia:
- La extinción del contrato
- La consolidación de la cantidad percibida como indemnización.
- La condena al pago de la indemnización legal, si el trabajador no la percibió con anterioridad, por no estar obligada la empresa a hacerla efectiva en el momento de la entrega de la comunicación o por haberse negado el afectado a percibirla.
- La condena a la empresa al pago de la falta de preaviso.
- Cualquier modificación del salario regulador efectuada en la sentencia.
Despido improcedente
La sentencia puede declarar improcedente la decisión extintiva por no acreditarse debidamente la causa alegada en la comunicación escrita o bien por no haber cumplido con los requisitos de forma exigidos en el Estatuto de los Trabajadores.
Frente la calificación de improcedencia, el empresario puede optar, en el plazo de 5 días, entre el pago de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio o por la readmisión del trabajador y el abono de los correspondientes salarios de tramitación.
En el caso de que el trabajador despedido fuera un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción corresponderá siempre a éste.
La calificación de improcedencia implica las siguientes particularidades:
- En el supuesto de opción por la indemnización, de deduce de ésta el importe ya percibido, en su caso, por el trabajador.
- Los salarios de tramitación no pueden deducirse de los correspondientes al período de preaviso. Y ello tanto si existió preaviso como si la empresa abonó al trabajador la indemnización sustitutoria.
- En el supuesto de opción por la readmisión, el trabajador sólo ha de reintegrar la indemnización percibida una vez firme la sentencia que declara la improcedencia, sin que exista la obligación de reintegrar la cantidad percibida por falta de preaviso.
- En el caso de que no resulte posible la readmisión del trabajador, éste puede solicitar que, en el caso de improcedencia del despido, se tenga por hecha la opción de indemnización en la sentencia y condenando al empresario a abonar la indemnización por despido.
Despido nulo
La sentencia declarará la nulidad de la extinción, cuando se de alguna de las siguientes causas:
- Cuando la decisión resulte discriminatoria o vulnere los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.
- Por encontrarse el trabajador afectado en alguna de estas situaciones, salvo que se declare la procedencia del despido por motivos ajenas a las mismas:
- Contrato suspendido por maternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, enfermedades causadas por embarazo o suspensión por paternidad.
- En situación de embarazo, desde su inicio hasta el comienzo del período de suspensión por maternidad.
- Disfrutando del permiso por lactancia o reducción de jornada por cuidado de un menor de 12 años o un discapacitado que no desempeñe actividad retribuida.
- Aquellos que hayan solicitado la excedencia para el cuidado de un hijo o para el cuidado de un familiar.
- Trabajadores que han finalizado el disfrute de los periodos de suspensión por maternidad, adopción o acogimiento o paternidad, siempre que no hayan transcurrido más de nueve meses desde la fecha desde el nacimiento.
- Trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación del tiempo de trabajo, movilidad geográfica, cambio de centro de trabajo o suspensión de la relación laboral.
Cuando el despido objetivo es declarado nulo, procede la readmisión inmediata al puesto de trabajo y el abono de los salarios de tramitación.
Si necesitas ampliar la información o asesoramiento de nuestros profesionales, contacta con nosotros.