Hace pocos días dio inicio el año 2020 y con él muchos propósitos nuevos: pasar más tiempo en familia, ponerse en forma y hacer una media maratón, hacer ese viaje soñado, etc. Esta semana poco a poco volvemos a la rutina. Y después de unas fiestas navideñas que nos han dado tiempo para pensar en los propósitos del nuevo año, es ahora cuando tenemos que ponerlos en practica. Por ello es importante, para podernos planificar y organizar, conocer el calendario laboral 2020, saber cuáles serán los días festivos y puentes que tendremos.
¿Cuántos festivos tenemos en 2020?
El pasado 11 de octubre de 2019 en el BOE Núm. 245 se publicó la “Resolución del 3 de octubre de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2020”. En dicha resolución se especifican los ocho días festivos nacionales y los cuatro autonómicos. Es decir, en 2020 habrá un total de 12 días festivos que sumados a los dos festivos locales, nos ofrecen un total de 14 días de fiesta de carácter remunerable y no recuperable.
¿Cuántos puentes podemos tener según el calendario laboral 2020?
A continuación, enumeramos los ocho días festivos nacionales que tenemos en nuestro calendario laboral de 2020:
- Miércoles 1 de enero, día de Año Nuevo.
- Lunes 6 de enero, día de Reyes.
- Viernes 10 de abril, Viernes Santo.
- Viernes 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- Sábado 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- Lunes 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- Martes 8 de diciembre, día de la Inmaculada.
- Viernes 25 de diciembre, día de Navidad.
Como se puede comprobar, tenemos dos lunes festivos y tres viernes, lo que quiere decir que podremos disfrutar de 5 puentes cómo mínimo si es posible. Seguro que es tiempo suficiente para poder planificar unas pequeñas vacaciones o días de descanso.
Días festivos en Cataluña en 2020
Como hemos indicado anteriormente, las Comunidades Autónomas tienen cuatro festivos a su elección. Y en el caso de Catalunya, las fiestas que indican el Calendario Laboral 2020 son:
- Lunes 13 de abril, Lunes de Pascua Florida.
- Miércoles 24 de junio, San Juan.
- Viernes 11 de septiembre, Fiesta Nacional de Catalunya.
- Sábado 26 de diciembre, San Esteban.
Si quieres descargarte el calendario para Catalunya puedes hacerlo aquí: Calendario laboral de Cataluña 2020.
¿Qué quiere decir «carácter remunerable y no recuperable»?
En base al artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, “las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de 14 al año, de las cuales dos serán locales”. Esto quiere decir que el trabajador durante estos días no acudirá a trabajar y seguirá percibiendo su salario.
¿Puede la empresa pedirme trabajar en un día festivo?
Puede ocurrir que una empresa obligue a sus trabajadores a acudir a sus puestos de trabajo en días que el Calendario Laboral marca como festivos, únicamente cuando exista una situación excepcional motivada en razones técnicas u organizativas.
Este caso se contempla en el artículo 47 del Real Decreto 2001/1983 la contraprestación por las horas trabajadas en días festivos. La empresa estará obligada a pagar al trabajador el importe de las horas trabajadas en día festivo. Pero además, incrementadas en al menos un 75% su salario/hora, salvo descanso compensatorio.
Para cualquier consulta sobre el calendario laboral 2020 o cualquier otra cuestión relacionada, contacta con nuestros asesores laborales. Estaremos encantados de atenderte ya seas particular o empresa.