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Apreciados clientes,
Adjuntamos el nuevo apartado a incluir en la memoria del ejercicio 2010, con el fin de cumplimentar dicho apartado rogamos nos informen de los pagos realizados a proveedores y el importe pendiente cuyo plazo de pago sea superior a los limites legales:
d) Los plazos máximos de obligatorio cumplimiento, teniendo en cuenta los periodos transitorios y de adaptación hasta el año 2013, son los siguientes:
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2011 |
2012 |
2013 |
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Empresas en general |
85 |
75 |
60 |
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Constructoras obra pública |
120 |
90 |
60 |
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Productos perecederos |
30 |
30 |
30 |
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A Administración Pública |
50 |
40 |
30 |
No pueden realizarse pactos entre las partes por encima de los siguientes plazos y fechas, con el fin de evitar posibles prácticas abusivas de grandes empresas o sobre pequeños proveedores.
e) La Ley será de aplicación para todos aquellos contratos celebrados con posteridad a su entrada en vigor, a partir del 7 de julio de 2010.
15 - INFORMACIÓN SOBRE LOS APLAZAMIENTOS DE PAGO EFECTUADOS A PROVEEDORES. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. «DEBER DE INFORMACIÓN» DE LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO
A continuación se detalla el importe total de pagos realizados a los proveedores en el ejercicio 2010 (distinguiendo los pagos que han excedido los límites legales de aplazamiento) así como el saldo pendiente de estos pagos que, a fecha de cierre del ejercicio, acumulan un aplazamiento superior al plazo legal de pago:
Pagos realizados a proveedores........................................
Importe saldo superan plazo max.......................................
Para las empresas que presentan memoria normal, se debera suministrar también sobre el número de días que la empresa ha superado el plazo legal de pago:
Plazo medio ponderado de pagos excedidos (PMPE) .......
Para cualquier aclaración, rogamos se pongan en contacto con nosotros.
